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REQUISITOS DE TURNOS DIVIDIDOS

¿QUÉ SON LOS TURNOS DIVIDIDOS DE ACUERDO CON LA LEY DE CALIFORNIA?

Aunque su jefe está obligado a darle 30 minutos ininterrumpidos para su almuerzo cada cinco horas laboradas, su jefe no tiene la autoridad para hacer una interrupción en su horario de trabajo sin una compensación por turnos divididos, excepto por una legítima interrupción para su hora del almuerzo. Por ejemplo, si su jefe le asignó dos turnos no consecutivos en el mismo día. La Comisión de Bienestar Industrial de California define un turno dividido como “un horario de trabajo que es interrumpido por períodos no laborales y sin paga establecidos por el jefe, que no sean el tiempo de descanso o del almuerzo” Si trabajó un horario como el anteriormente mencionado, su jefe deberá pagar una “diferenciade turno dividido” La compensación por diferencia de turno dividido es igual a por lo menos todas las horas trabajadas multiplicadas por el salario mínimo, más una hora adicional de salario mínimo. Notas importantes sobre la “diferencia de turno dividido”:

  1. Solo los empleados no exentos tienen derecho a tal compensación.
  2. La diferencia de turno dividido se considera una compensación no laboral, por lo que debe pagarse a la tasa de salario mínimo.
  3. El FLSE ha tomado la posición de la hora del almuerzo de buena fe, es aquella que no excede de los 60 minutos, por lo tanto cualquier interrupción que exceda de 60 minutos debera dar lugar a una situación de turno dividido.
  4. Si usted reside en el lugar donde labora no tiene derecho a turno dividido.

EJEMPLOS DE CÓMO CALCULAR LA DIFERENCIA DE TURNO DIVIDIDO:

Supongamos que se presentó a trabajar de 8:00 am a 1:00 pm, y volvió a trabajar de 3:00 pm hasta las 5:00 pm. Su tarifa de pago es $ 8: 00 la hora, el salario mínimo de California. En el momento en que su jefe le pagó $ 64.00 brutos (8 horas X $ 8: 00 / hora) también tiene derecho a una hora extra como diferencia de turno dividido a la tasa de salario mínimo ($ 8: 00). Por lo tanto, su compensación total es de $ 72.00 ($ 64.00 más $ 8.00). Por lo tantoa usted le deben $ 8.00. Supongamos que es el mismo caso anterior, excepto que su tarifa de pago es de $ 10.00 / hora. En el momento en que su jefe le pagó $ 80.00 (8 / horas X $ 10.00 / hora), el cálculo dividido es $ 72.00 (8 horas más una hora de turno dividido= 9 horas X $ 8). Así que su compensación de $ 80.00 es más que el salario mínimo y no hay adeudo de bono de turno dividido. Cualquier cantidad extra que usted gane por encima del cálculo del salario mínimo cuenta en contra de la “hora de bono por turnos divididos”. Asumiendo que usted gana $ 8.50  la hora, su compensación bruta sería $ 68.00 (8 horas X $ 8.50 la hora) y el cálculo del turno dividido es de $ 72.00 (8 horas más una hora de turno dividido= 9 horas X $ 8). Por lo tanto, se le debe un extra de $ 4.00 (72.00 menos $ 68.00) por bono de turno dividido.

Si su jefe no le paga los turnos divididos

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